NOVEDAD (Noviembre 2014):
Suspensión cautelar del R.D. !!!!
8 de ENERO 2015: Se admiten a trámite los recursos presentados contra el R.D. de la troncalidad [link 1, link 2]
5 Mayo 2015: ¿¿¿Se cambia la troncalidad??? [link]
24 Septiembre 2015: EL PRIMER MIR TRONCAL SERÁ EN 2021 [link]
31 Marzo 2016: La troncalidad se retrasa hasta 2018 [link]
Hoy me atrevo a escribir sobre la
troncalidad tan temida. Voy a explicar en qué consiste la troncalidad MIR. Soy estudiante de medicina y -por desgracia- delegada, así que tuve que asistir a un congreso para enterarme de qué iba realmente el tema de la troncalidad. Mi opinión tras escuchar a los ponentes de la mesa redonda: podría ser una buena forma de mejorar el sistema actual, pero aún le faltan muchos años para poder ser llevada a cabo correctamente y lo único a lo que nos vamos a enfrentar es a la
incertidumbre.
Para el estudiante que aún no se haya enterado, el 'Tronco', como coloquialmente se conoce a este nuevo modelo, es un cambio propuesto por no sé qué idiota y aceptado por
todos los partidos del Parlamento, que derrumbará por completo el sistema actual de formación de Residentes de Medicina (y enfermería, biología, etc.). Lejos de agradar a los estudiantes y algunos profesionales de la salud, ha conseguido perturbar la poca paz que hay en el sector sanitario, pues un cambio tan drástico debería haber madurado durante más tiempo. El resultado es un Real Decreto en el que muchos aspectos quedan en el aire y a '
posterior desarrollo' (o, lo que realmente significa en castellano, 'cuando llegue el muerto ya prepararemos el entierro, mientras tanto bebamos'). Es decir, han aprobado a toda prisa algo que nos repercute de gran manera sin haber rumiado lo suficiente sus ideas.
Hasta el momento, un estudiante de Medicina terminaba su carrera en España (6 años, 6 malditos años) y se preparaba el examen MIR o de Médico Interno Residente (1 año, 1 maldito año), que son las oposiciones de los médicos a nivel nacional. Se ordenaban las notas de modo decreciente y se iban eligiendo las plazas que había. El licenciado/graduado en Medicina, entonces,
elegía la especialidad y el hospital, para comenzar sus prácticas de residente en esa especialidad (4 años mínimo, 4 malditos años o más).
Una vez finalizado, el residente pasaba a ser un médico de verdad. Con la troncalidad pretenden cambiar todo esto, obligando a todos a cursar 2 años comunes y una vez terminados esos dos años, ya poder elegir especialidad (lo cual alargaría el asunto tanto...). Es
injusto, sobre todo cuando tú estás empezando tus prácticas de residencia y tus amigos hace tiempo que ya tienen hasta hijos. Es
muy duro.
Sin más dilación, mi resumen sobre '
Troncalito'.
REAL DECRETO
La troncalidad está regida por el Real Decreto 639/2014 del 25 julio. Lo más importante de todo este asunto es comprender que el Real Decreto ya está aprobado e inevitablemente se va a implantar el modelo de troncalidad (los recursos legales para detener el proceso son muy limitados llegados a este punto). Este R.D. no sólo afecta a Medicina, sino a todas las profesiones de las ciencias de la salud, y no sólo trata sobre la troncalidad, sino de otros aspectos. Se da dos años al Ministerio y un año a las CC.AA. (tres en total, como mínimo, por lo que los de la generación del 92 nos libramos) para que preparen las estructuras necesarias para la implantación de este nuevo modelo.
Aquí están los puntos resumidos que afectan a Medicina, para el resto de carreras tendréis que leer el R.D.:
PRUEBAS DE SELECCIÓN
El examen objetivo y selectivo será como hasta ahora, es decir, un test cuyos resultados se ordenarán de modo decreciente y cuyo aprobado se decidirá mediante una media aritmética realizada con las 10 primeras mejores notas de la actual convocatoria. Hará media con los méritos profesionales o académicos (entiéndase, la nota de la carrera) de este modo:
Esta prueba de selección tendrá carácter anual y su convocatoria será publicada en el B.O.E.
Entre las plazas ofertadas, las disponibles para extranjeros extracomunitarios no podrá superar el 10% en medicina , 5% en farmacia y 2% en enfermería (y deberán ser procedentes de países con un convenio de cooperación con España, con un título homologado y un C1 o C2 en lengua española). Se entiende que los extranjeros también deben superar la prueba de selección.
TRONCALIDAD
Tras la prueba de selección (examen MIR, como todos lo conocemos), el proceso de formación de la especialidad se dividirá en dos periodos sucesivos y obligatorios:
Periodo troncal (no tendrá valor por sí mismo, es necesario cursar el periodo específico). En este periodo no hay rotaciones externas. El periodo troncal durará un mínimo de 2 años (aunque no se ha hablado de superar los 2 años y lo más probable es que se mantenga en esta cifra) y al finalizarlo se considerará al alumno apto o no apto (es decir, no habrá nota cuantitativa, su evaluación será cualitativa, lo cual evitaría que diferentes hospitales pudieran tener distintos criterios a la hora de evaluar).
Periodo específico. Sólo podrán cursarlo los que hayan tenido el periodo troncal APTO. Las rotaciones externas no podrán superar los 4 meses. Cada Comisión de cada especialidad será la que defina la duración de este periodo (en algunas especialidades se habla de 4 ó 5 años de periodo específico, aunque no está todavía muy claro. Pero todas las especialidades, como hasta ahora, cumplirán con el número de años mínimo exigido por la UE).
Ambos periodos se realizarán en Unidades Docentes (U.D.) acreditadas, cuyo personal, obviamente, también deberá ser acreditado para poder ejercer como docentes.
Estas U.D. no están aún definidas, pero según uno de los ponentes, unificarán varios hospitales. Es decir, lo que entendemos por ‘hospital’ donde hacer la especialidad no equivale a ‘unidad docente’, ya que habrá comunidades en las que sólo haya una U.D. (por ejemplo, La Rioja, Navarra…) a la que estarán adscritos todos los hospitales.Si no recuerdo mal, serán las CC.AA. las encargadas de la organización de estas unidades. Como todavía no se han definido las U.D., esto es sólo una idea que todavía no se ha regulado legislativamente. Según el ponente, esto nos permitirá rotar por varios hospitales en lugar de estar sólo en uno.
Las plazas disponibles para cada troncalidad y especialidad serán publicadas sin opción a ser modificadas (aunque algún médico se vaya a jubilar o haya necesidad de mayor personal, si esa plaza queda vacante después de la convocatoria, no será incluida entre las opciones) conjuntamente para cada convocatoria. Es decir, cada promoción sabrá tras hacer su prueba de acceso cuántas plazas habrá en ese momento en las U.D. para troncalidad y cuántas tendrá disponible dentro de dos años cuando tenga que elegir U.D. para especialidad. Las plazas de troncalidad nunca deberán superar las de especialidad, por motivos obvios.
La nota del MIR servirá a cada promoción dos veces. La primera vez será para la elección de la U.D. donde realizará el periodo troncal. Terminados esos dos años, la misma nota le servirá para elegir la U.D. donde realizará el periodo específico, teniendo la opción de seguir en la misma U.D. que durante la troncalidad o cambiar a cualquier otra dentro de España (siempre y cuando le fuera ofertada en su convocatoria, dos años antes). Se entiende que la elección se realizará según el orden que se asigna (con las notas del MIR de forma decreciente, como se hace actualmente). Los que tengan la troncalidad no apta también deben elegir plaza de especialidad entre las ofertadas en su convocatoria (supongo que quedará reservada hasta que apruebe el tronco).
Las especialidades quedan divididas en estos troncos:
Médico (TCM): 21 especialidades.
Alergología, Anestesiología y Reanimación, A.Digestivo, Cardiología, Endocrinología y Nutrición, Farmacología Clínica, Geriatría, Hematología y Hemoterapia, Medicina del Trabajo, Medicina Familiar y Comunitaria, Medicina Física y Rehabilitación, Medicina Intensiva, Medicina Interna, Medicina Preventiva y Salud Pública, Nefrología, Neumología, Neurofisiología Clínica, Neurología, Oncología Médica, Oncología Radioterápica, Reumatología.
Quirúrgico (TCQ): 10 especialidades.
Angiología y C. Vascular, C. Cardiovascular, C. General y del A.Digestivo, C. Oral y Maxilofacial, C. Ortopédica y Traumatología, C. Pediátrica, C. Plástica, Estética y Reparadora, C. Torácica, Neurocirugía, Urología.
Laboratorio y diagnóstico clínico (TCLDC): 4 especialidades.
Análisis Clínicos y Bioquímica Clínica, Genética Clínica, Inmunología, Microbiología y Parasitología.
Imagen Clínica (TCIC): 2 especialidades.
Medicina Nuclear, Radiodiagnóstico.
Psiquiatría (TP): 2 especialidades.
Psiquiatría, Psiquiatría del niño y del adolescente.
No troncales: 8 especialidades.
Anatomía Patológica, Dermatología Médico-Quirúrgica y Venereología, Obstetricia y Ginecología, Oftalmología, Otorrinolaringología, Pediatría y sus áreas específicas, Radiofarmacia, Radiofísica Hospitalaria.
REESPECIALIZACIÓN
La troncalidad permitirá a los residentes cursar una nueva especialidad sin necesidad de cursar de nuevo el periodo de troncalidad. Las plazas destinadas a la reespecialización en España no podrán ser superiores al 2% del total ofertado (y no podrán ser superiores al 10% del total dentro de una Comunidad Autónoma).
Para ello, deberá realizar una prueba objetiva (únicamente de contenidos que versen sobre el tronco en cuestión) que hará media con los méritos académicos o profesionales. El peso de estos méritos debe estar entre el 50% y 60%. Esta prueba tendrá carácter nacional.
ÁREAS DE CAPACITACIÓN ESPECÍFICA
Las áreas de capacitación específica estarán disponibles para aquellos que hayan cursado el periodo de especialidad y hayan ejercido un mínimo de 2 años en una de las especialidades que tengan acceso a esa A.C.E. Para que se entienda, son superespecialidades.
Su docencia estará también en manos de las U.D. y tras finalizar el periodo de preparación, el profesional recibirá un diploma homologado y válido en toda la U.E., completamente distinguible de otros títulos universitarios o profesionales y únicamente otorgado a los que hayan conseguido esta A.C.E. Habrá un registro nacional para cada A.C.E.
Hasta ahora, las especializaciones dentro de cada especialidad, e.g. el servicio de arritmias en cardio, no estaban reconocidas oficialmente, los médicos tenían que hacer cursos y masters. Ahora tendrán un diploma, igual para todos los que realicen una misma A.C.E., y estarán regulados legistativamente.
Por lo visto, cuando se implante este nuevo modelo de troncalidad, a los médicos que estén ya ejerciendo y que puedan aportar un currículum que acredite que están formados en ese área especializada se les podrá otorgar un diploma de A.C.E. aunque no hayan pasado por el modelo de troncalidad.
Hay diversas instituciones capaces de solicitar la creación de una nueva A.C.E. (y progresivamente irán apareciendo más, éstas no son las únicas que habrá), pero hasta el momento las únicas aceptadas en este R.D. son:
Enfermedades Infecciosas.
Se podrá acceder desde: M. Interna, Microbiología, Neumología y Pediatría.
Hepatología avanzada.
Se podrá acceder desde: Digestivo y M. Interna.
Neonatología.
Se podrá acceder desde: Pediatría.
Urgencias y Emergencias.
Se podrá acceder desde: M. Interna, M. Intensiva, M. Familiar y comunitaria, Anestesiología y Reanimación.
ÁREAS DE ESPECIALIDADES
- Queda creada la especialidad de ‘Psiquiatría del niño y del adolescente’.
- Queda creada la especialidad multidisciplinar de ‘Análisis clínico y Bioquímica clínica’. A ella podrán acceder quienes tengan título de Medicina, Química, Farmacia o Biología.
- La especialidad ‘Farmacia hospitalaria’ pasará a llamarse ‘Farmacia hospitalaria y atención primaria’.
- Queda creada la especialidad de ‘Genética Clínica’. A ella podrán acceder quienes tengan título de Medicina, Química, Farmacia o Biología.
- A partir de la convocatoria 2015/16 no se ofertarán plazas en formación en régimen de alumnado de: Hidrología Médica, Medicina de la Educación Física y el Deporte, Medicina Legal y Forense y Farmacia Industrial y Galénica.